Guía 2026 · actualizada el 29 de septiembre de 2026

Tarjeta de transporte 2026: MDP, MDL, requisitos y visado

Qué es hoy la «tarjeta», quién la necesita, qué piden para darla y por qué 2026 es año de visado.

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Respuesta corta: la «tarjeta de transporte» es hoy la autorización de transporte público de mercancías: MDP para vehículos de cualquier peso y MDL solo para vehículos de hasta 3,5 t. Ya no hay tarjeta física: la autorización consta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte. Hace falta para cobrar por transportar con vehículos de más de 2 t. No caduca, pero se visa cada dos años y a MDP y MDL les toca en 2026: si no se visa, pierde su validez.

Actualizado el 29 de septiembre de 2026 · Información práctica, no asesoramiento jurídico: ante un caso concreto, consulta con tu asesor o con la administración competente. · Cómo hacemos las guías

Qué es la tarjeta de transporte hoy

Para hacer transporte público de mercancías (cobrar por transportar lo de otros) hace falta una autorización que da el Estado a través de la comunidad autónoma de tu domicilio (art. 42 de la LOTT y art. 33 del ROTT). Por costumbre se sigue llamando «tarjeta», pero desde 2019 no hay tarjeta física: la autorización consta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte, y es lo que comprueba la inspección.

ClavePara qué
MDPTransporte público de mercancías con vehículos de cualquier peso, incluidos los de más de 3,5 t.
MDLTransporte público de mercancías solo con vehículos ligeros, de hasta 3,5 t.
MPCTransporte privado complementario (llevas tu propia mercancía como parte de tu actividad) con vehículos de más de 3,5 t.

Quién la necesita y quién no

Requisitos

Para cualquier autorización (art. 43 de la LOTT y arts. 38 a 41 del ROTT):

Con eso basta para una MDL solo nacional. Para una MDP (y para una MDL que haga internacional con vehículos de más de 2,5 t) hay que cumplir además los cuatro requisitos de acceso a la profesión (arts. 43 a 47 de la LOTT y 109 a 121 del ROTT):

RequisitoQué significa
EstablecimientoTener y conservar la documentación de la empresa en el domicilio de la autorización.
HonorabilidadNi la empresa ni su gestor de transporte pueden tener determinadas condenas o sanciones graves.
Capacidad financiera9.000 € por el primer vehículo y 5.000 € por cada vehículo más (art. 121 del ROTT). Si solo tienes furgonetas de más de 2,5 t y hasta 3,5 t en internacional: 1.800 € y 900 € (Reglamento 1071/2009, art. 7). Los autónomos cumplen si ningún vehículo pasa de 12 años y los tienen en propiedad, leasing o renting de al menos 24 meses; también vale un aval o una póliza.
Competencia profesionalUn gestor de transporte con el título de transportista, que dirija de verdad la actividad y tenga un vínculo real con la empresa.

Ya no se exige flota mínima ni un vehículo nuevo: basta uno, sin límite de antigüedad (art. 44.2 del ROTT, tras el Real Decreto 242/2022 y las sentencias del Tribunal Supremo de 2020).

Cómo se pide

  1. Reúne la documentación: NIF o escrituras, alta en el IAE, vehículo (permiso de circulación y título de propiedad, leasing o renting) y, para MDP, la capacidad financiera y los datos del gestor de transporte con su título.
  2. Presenta la solicitud por la sede electrónica de tu comunidad autónoma y paga la tasa, que es autonómica y va por vehículo.
  3. Espera la resolución. En Madrid y Baleares el plazo es de 5 meses y, si no contestan, se entiende denegada.
  4. Para internacional, pide además la licencia comunitaria en la sede del Ministerio de Transportes (124,45 € el original y 6,23 € cada copia).

El visado: en 2026 te toca

La autorización no caduca, pero «la Administración deberá visar bienalmente todas las autorizaciones» (art. 42 del ROTT). Si en el visado no acreditas que sigues cumpliendo los requisitos, tienes 10 días para hacerlo o la autorización pierde su validez automáticamente (art. 51 de la LOTT). Se puede rehabilitar en el plazo de un año.

Según el calendario que aplican las comunidades (Resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre de 3 de diciembre de 2018), MDP y MDL se visan en los años pares: 2026. El mes depende del último dígito del NIF del titular:

Último dígito del NIFMes del visado en 2026
1enero
2febrero
3marzo
4abril
5mayo
6junio
7julio
8septiembre
9octubre
0noviembre

Aunque se hace «de oficio», la Administración te pide que des tu conformidad en la sede electrónica y pagues la tasa por vehículo (en Madrid, 36,01 €). Si tu NIF acaba en 9 o en 0, te toca en octubre o noviembre de 2026: estate atento a la notificación electrónica. Las autorizaciones de privado complementario (MPC) se visan en los años impares.

Multas por trabajar sin autorización

CasoInfracciónMulta
Transporte público sin autorizaciónMuy grave (art. 140.1 LOTT)4.001 a 6.000 €, inmovilización del vehículo y posible pérdida de la honorabilidad
Lo mismo, reincidiendo en 12 mesesMuy grave6.001 a 18.000 €
Contratar o facturar como transportista sin autorizaciónMuy grave (art. 140.2 LOTT)4.001 a 6.000 €
Cumplías los requisitos y la pides en los 15 días siguientes a la notificaciónLeve (art. 142.1 LOTT)301 a 400 €
Privado complementario sin autorizaciónGrave (art. 141.14 LOTT)601 a 800 €

Y desde el 5 de octubre de 2026, cada porte necesita además su documento de control digital (DeCA).

Fuentes: Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), arts. 42 a 51, 102 y 140 a 143; Real Decreto 1211/1990, Reglamento de la LOTT (ROTT), arts. 33, 38 a 44, 109 a 121 y 155; Real Decreto 70/2019 (BOE-A-2019-2289); Resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre de 3 de diciembre de 2018 (BOE-A-2018-17103); Reglamento (UE) 2020/1055 (vehículos ligeros en transporte internacional); Ministerio de Transportes: preguntas frecuentes del transporte de mercancías; Ministerio de Transportes: licencias comunitarias; Comunidad de Madrid: visado de autorizaciones de transporte (tasa por vehículo).

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la tarjeta de transporte

¿Sigue existiendo la tarjeta de transporte física?
No. Desde 2019 las autorizaciones ya no se documentan en tarjetas: constan en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte, que es lo que consulta la inspección (Real Decreto 70/2019 y Resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre de 3 de diciembre de 2018).
¿Una furgoneta de 3.500 kg necesita tarjeta de transporte?
Sí, si cobras por transportar: necesita una autorización MDL, porque supera las 2 toneladas. Solo están exentos los vehículos de hasta 2 t (y las furgonetas de combustibles alternativos de hasta 2,5 t que no aumenten su carga útil).
¿Cuánto dinero hace falta para sacar la MDP?
La capacidad financiera es de 9.000 € por el primer vehículo y 5.000 € por cada vehículo más (art. 121 del ROTT). Los autónomos la cumplen si ningún vehículo pasa de 12 años y los tienen en propiedad, leasing o renting de al menos 24 meses. Para una MDL solo nacional no se exige.
¿Necesito el título de transportista para la MDL?
Solo si haces transporte internacional con vehículos de más de 2,5 t. Para la MDL solo nacional no hace falta; para la MDP, sí: la empresa necesita un gestor de transporte con el certificado de competencia profesional.
¿Cuándo tengo que visar la autorización?
MDP y MDL se visan cada dos años, en los años pares: en 2026. El mes depende del último dígito del NIF del titular: de enero (1) a julio (7), septiembre (8), octubre (9) y noviembre (0). Te lo notifican por vía electrónica y tienes que dar tu conformidad y pagar la tasa.
¿Hace falta tener un camión nuevo o varios?
No. Basta un vehículo, sin límite de antigüedad. La flota mínima y la antigüedad máxima se eliminaron (art. 44.2 del ROTT, tras el Real Decreto 242/2022).